
PERSONA JURIDICA
“Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente”.
Se clasifica en sociedades constituidas por un grupo de personas naturales o por personas naturales y juridicas.

Documentos de Constitución
Acta de Constitución o Escritura Publica
Se debe redactar los estatutos bajo los cuales la empresa se regira durante su actividad, en ella se incluye acciones o cuotas segun sea el caso, distribucion pago entre otros. esto debe ser registrado en camara y comercio juntamente con el RUES y el ANEXO 1; en los casos que la ley estipule se debe elebar a escritura publica mediante notaria.

Registro Unico Empresarial y Social (RUES)

Este trámite se realiza ante cámara y comercio de su localidad, diligenciando el formato, con su especificación para matricula en el registro mercantil.
Registro Unico Empresarial y Social (RUES) Anexo 1

Este formato adicional es usado para la inscripcion de el establesimientio de comercio, de igual forma se debe realizar ante la camara de comercio de su localidad.
Registro de Identificación Tributaria (RIT)

Por consiguiente nos remitimos a la Secretaria de hacienda y credito publico de su respectivo municipio, para la inscripcion y formalizacion.
Registro Unico Tributario (RUT)

Luego de recibir el NIT entrgado por la camara de comercio, realizo la inscripcion en el RUT ante la Direccion de impuestos y aduanas nacionales (DIAN).
Certificado de Bomberos

En el departamento de bomberos, se solicita la visita para certificar que su establesimiento cuenta con la seguridad necesaria.
Certificado de Sanidad

En la secretaria de salud de su municipio solicita la certificacion de sanidad de su establesimiento de comercio, para este tramite asistiran al local con el fin de rebizar que su establesimiento se encuentre en las condiciones sanitarias adecuadas para su funcionamiento.
Paz y Salvo Sayco y Asimpro

Si su local requiere o el propietario desea instalar musica de ambientacion o cualquier otra cosa que requiera derechos de autos, se debe liquidar y precentar por este consepto el rubro establesido por la entidad.